Por los Editores de VenEconomía
Este martes 12 de junio, el Ejecutivo Nacional informó que en Consejo de Ministros se había aprobado una nueva reforma del Código Orgánico Procesal Penal, supuestamente para “acelerar los procesos judiciales y atacar la impunidad”, la cual entraría en vigencia en enero de 2013.
En 1997, cuando se promulgó el Código Orgánico Procesal Penal, que sustituyó al Código de Enjuiciamiento Criminal, se buscaba darle un giro de 180º al sistema procesal penal del país incorporando los mejores conocimientos y avances en la materia a nivel mundial.
Entre otras, se pasaba de un sistema inquisitivo, donde la acusación, defensa y decisión estaban en manos de una sola persona: el Juez; a un sistema acusatorio donde las funciones o atribuciones estaban claramente separadas, con juicios públicos y abiertos, con predominio de la oralidad, defensor de los derechos humanos, donde rige la presunción de inocencia y existe la participación ciudadana con escabinos y jurados.

Desde el 2000, el Gobierno de Hugo Chávez ha modificado en cinco oportunidades al COPP, sin resultado alguno, pues es público y notorio el estado de injusticia, la corrupción y los retardos procesales que imperan hoy en el país.
Ahora, se perpetra ilegalmente otra reforma al COPP, vía Ley Habilitante, de espaldas al país, obviando, como aclara el penalista Fernando Fernández a la prensa, “por el principio de legalidad, todas las leyes penales están reservadas al Poder Legislativo. Las normas referidas a la libertad de las personas no pueden estar en manos del Ejecutivo”.
Entre los cambios retrógrados que incorpora la reforma del COPP, estaría la eliminación de los escabinos, con la excusa de que estos “atrasan los procesos”. La realidad es que estos ciudadanos escogidos aleatoriamente por sorteo, contribuyen a la transparencia y a dificultar la presión política sobre los jueces.
Si eliminar los escabinos es un grave error; sustituirlos por los consejos comunales y miembros de las misiones es discriminatorio y foco de injusticias. Estas agrupaciones populares están altamente politizadas y sus miembros son susceptibles a ser manipulados, además de que se excluiría a miles de ciudadanos en el proceso de selección y participación.
Otro cambio que representa un paso atrás en materia de derechos humanos, es extender el período de dos años hasta cuatro o seis años, para mantener detenido sin juicio a un acusado. Es público y notorio el abusivo uso que se le ha dado a este procedimiento en casos emblemáticos como Eligio Cedeño, la juez María Lourdes Afiuni, y los ejecutivos de Econoinvest.
Igual temor de que el nuevo COPP sea usado con intereses políticos es que ahora se podrían hacer juicios en ausencia del acusado, y que al mismo no se le permitiría un defensor privado.
En resumen, todo indica que, de nuevo, el Ejecutivo Nacional, extralimitándose en unos espurios poderes para legislar, promulga leyes que no solo vulneran derechos ciudadanos individuales y colectivos, sino que promueven procesos discrecionales y nada transparentes. Mientras, Chávez da un paso adelante para la consolidación de su proyecto castrocomunista.
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